Derechos Humanos
Suprema Corte mexicana declara inconstitucional el "derecho a la vida"
Em 2019, el gobierno de Nuevo León agregó un párrafo al artículo 1 de su Constitución para establecer el derecho a la vida desde la concepción
Mayo 27, 2022 4:03pm
Updated: Mayo 27, 2022 4:03pm
La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) declaró inválido el llamado derecho a la vida desde la concepción, un concepto incluido en el artículo 1 de la Constitución del estado de Nuevo León.
Inválida la disposición de la Constitución de Nuevo León que tutelaba el derecho a la vida desde la concepción y limitaba el derecho de las mujeres y personas gestantes a la autonomía reproductiva; las entidades federativas carecen de competencia.
— Suprema Corte (@SCJN) May 26, 2022
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Sobre este criterio, el pleno de la Corte indicó que las entidades federativas carecen de competencia para definir el origen de la vida humana, el concepto de "persona", así como la titularidad de los derechos humanos.
La noción de persona, "como fundamento esencial de todo el régimen constitucional y convencional de protección de los derechos humanos, no sólo debe atenerse a la imposibilidad de determinar el inicio de la vida humana, sino que debe adoptarse de acuerdo con los criterios surgidos de las disposiciones constitucionales tanto de fuente interna como internacional", expresó la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien presentó el proyecto votado por la SCJN.
Asimismo, la Corte refirió que, si bien el producto de la gestación merece una protección que se incrementa a medida que avanza el embarazo, esto no puede desconocer los derechos a la libertad reproductiva y, en particular, el derecho a interrumpir el embarazo en determinados supuestos.
El 11 de marzo de 2019, el gobierno de Nuevo León publicó el decreto 107 en el Periódico Oficial, el cual agregó un párrafo al artículo 1 de la Constitución Política del estado para establecer el derecho a la vida desde la concepción.
Sin embargo, las Comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos impugnaron ante la SCJN esta adenda, bajo el argumento de que los diputados locales no cuentan con la facultad para legislar en torno al derecho a la vida, así como sobre el derecho a abortar de las mujeres y personas gestantes.
Al respecto, la ministra Loretta Ortiz Ahlf coincidió en que el Congreso de Nuevo León excedió sus facultades al incluir esta reforma de 2019 en su Constitución.
El martes, la SCJN reafirmó la validez de la Norma Oficial Mexicana NOM-046 en todos los estados del país, la cual obliga a las instituciones de salud a garantizar el derecho a un aborto en casos de violación contra menores de entre 12 y 17 años, sin necesidad de un proceso judicial.