Inmigración
¿Cómo pedir el nuevo "parole" de EEUU para cubanos tras cierre de fronteras?
A partir de este viernes se ofrece la posibilidad de aplicar desde la página oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)
Diciembre 31, 1969 7:00pm
Updated: Enero 6, 2023 1:22pm
La página oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ofrece, a partir de hoy, la posibilidad de aplicar al nuevo "parole humanitario", que beneficiará a cubanos, venezolanos, nicaragüenses y haitianos y que intenta frenar la enorme ola migratoria por su frontera sur.
Desde este 6 de enero de 2023 los llamados “patrocinadores” de los interesados en conseguir el parole pueden presentar una solicitud de manera online comprometiéndose a apoyar de manera financiera a sus acogidos en Estados Unidos. O sea, el interesado no tiene que hacer nada, solo efectúa la solicitud el “patrocinador”, residente en los Estados Unidos.
¿Cuáles son los requisitos para ser elegible siendo cubano? Lo primero es contar con un “patrocinador” en los Estados Unidos con buen status financiero, además de tener que pasar rigurosos controles biométricos y biográficos de seguridad nacional y seguridad pública y vacunaciones contra el Covid-19, entre otros aspectos.
Una vez que se cumplan estos requisitos, el “patrocinador” en Estados Unidos debe presentar el formulario I-134A de manera online y comprometerse con el apoyo financiero. Luego, el gobierno norteamericano revisará la información recibida, en especial, el asunto financiero.
Si se considera que el Formulario I-134A resulta adecuado y el “patrocinador” cumple con los requisitos, USCIS enviará más información al residente en EE. UU. para que continúe el proceso.
¿Quién puede ser “patrocinador” en este caso? Según USCIS, “una persona que tiene un estatus legal en los Estados Unidos o tiene un parole o es beneficiario de una Salida Obligatoria Diferida (DED, por su sigla en inglés)”.
Por ejemplo, los ciudadanos americanos, los residentes permanentes y temporales legales, no inmigrantes legales, refugiados, asilados, personas con otros paroles. En el caso de este “nuevo parole”, el “patrocinador” no tiene que ser familia inmediata e, incluso, puede apoyarse financieramente en otros "patrocinadores".
Es importante que los interesados en el proceso sepan que “no son elegibles” aquellas personas que posean doble nacionalidad, residencia permanente o cuenten con el status de refugiado en otra nación. Tampoco lo serán quienes tengan una orden de deportación dentro de los cinco años anteriores a la puesta en marcha de esta nueva medida.
Los que hayan cruzado ilegalmente la frontera de hoy en adelante tampoco podrán aspirar al parole. Para más información puede acceder a este enlace.